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La comisión para la reforma del Código Civil convoca a presentar propuestas y sugerencias

Se trata del proyecto de ley para reformar y unificar los códigos Civil Y Comercial. Buscan dar la más amplia participación durante el proceso de elaboración de la propuesta. Las recomendaciones podrán enviarse hasta el próximo 10 de mayo.

La comisión para la reforma del Código Civil convoca a presentar propuestas y sugerencias

El decreto presidencial 191 del 23 de febrero de 2011 creó la “Comisión para la elaboración del Proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”.

Su cometido es preparar un proyecto de ley de reforma, actualización y unificación del Código Civil y del Código de Comercio de la Nación en un plazo de 365 días.

El trabajo de la Comisión tomará en cuenta la experiencia previa sintetizada en los distintos proyectos mencionados en los fundamentos del decreto, los trabajos de doctrina realizados en relación a ellos, la jurisprudencia, la reforma constitucional de 1994, los tratados de derechos humanos y los modelos existentes en la región, a los fines de elaborar un proyecto de unificación de los códigos referidos.

Es intención de la Comisión dar la más amplia participación durante el proceso de elaboración del proyecto, con la finalidad de reflejar el más elevado grado de consenso posible.

Para concretar este propósito la Comisión de Reforma invita a enviar las sugerencias que se consideren convenientes.

En virtud de la amplitud de la labor encomendada, se ruega que la propuesta sea concreta y sintéticamente fundada, pudiendo referirse a cualquier área de reformas en ambos códigos y la legislación especial relacionada con ellos.

En razón del plazo que debe cumplir la Comisión nos vemos obligados a fijar la fecha del 10 de mayo como límite para la recepción de las mismas, las que podrán ser enviadas por mail a la dirección comisiondereformas@gmail.com.

Ricardo Luis LORENZETTI (Presidente) – Elena HIGHTON de NOLASCO – Aída KEMELMAJER de CARLUCCI

3 Comments

  1. inés Fernández

    Estimado Sr. soy licenciada en Trabajo social, acompaño desde 1989 el proceso de organización provincial aborigen en Santa Fe, participe en la reforma de la consitiución Nacional con la propuesta que se incluyó en el texto de la constitución junto a instituciones y organizaciones indígenas.
    En futuro código Civil, deberían constar los derechos especiales de pueblos indígenas. Personería de comunidades indígenas, propiedad comunitaria indigena, consulta obligatoria en sus intereses, educación bilingüe, etc. y ante este último punto, solicitar sugerencias a las organizaciones de los pueblos existentes.
    Saludos cordiales Inés Fernández. Mat.0273

  2. Martin Ruiz

    Estimado Doctor, Martin Martin Ruiz, abogado litigante de la Ciudad de Salta. Me atrevo a sugerir una modificacion especial en el codigo civil en cuanto dispone la competencia para entender los juicios de divorcio. Se habla de Residencia efectiva y me parece que solo genera problemas. Muchos matrimonios por cuestiones laborales o familiares en forma provisorio se van a vivir a otra ciudad, luego sucede que al separase en aquel lugar y a pesar de que las dos personas son oriundas de otros lugar resulta competente el juez de ultimo domicilio de residencia efectiva. Mi opinion es que se deberia considerar el domicilio real o por lomenos aquel en donde la pareja tenia intenciones de permanencia. Es mi humilde opinio. Un abrazo y mi gran admiracion.

  3. Adrian Posca

    Estimado Dr. Lorenzetti,

    Desearía saber cuál es el verdadero profundo motivo mediante el cual se insiste en enumerar taxativamente a los únicos legitimados de accionar en favor de Derechos de Incidencia Colectiva [art. 14 inc. C) del Anteproyecto de Reforma al CC].

    Pregunto: ¿No sería mucho más provechoso y práctico dejar librado a cualquier persona la facultad de accionar por este tipo de Derechos?

    Legitimar sólo a algunos implica inexorablemente dejar afuera a otros, lo cual no me parece del todo democrático; sobre todo cuando están en juego Derechos de tan grave incidencia general.

    Por favor espero vuestra pronta respuesta

    Atte.

    Adrián Posca

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